"Lo Ăºnico seguro es la muerte y pagar impuestos..." (Daniel Defoe, 1726)
Al fallecer un contribuyente, no se extinguen sus obligaciones fiscales. Se necesita dar aviso al Servicio de AdministraciĂ³n Tributaria. Hay dos supuestos que podrĂan generarse.
El primero serĂa cuando la persona pertenece a los regĂmenes de asalariado, sin obligaciones o su status es suspendido. Se presentara el aviso de cancelaciĂ³n en el RFC por defunciĂ³n.
El segundo ocurre cuando el difunto, tributaba en los regĂmenes de arrendamiento, empresariales o de servicios profesionales. TambiĂ©n cuando se quiere solicitar saldos a favor pendientes de devolver. En este caso se tramita el aviso de apertura de sucesiĂ³n.
Para cualquiera de los dos posibles escenarios, se agenda una cita al SAT para el tramite de Actualizaciones y servicios al RFC. A continuaciĂ³n explicamos cada uno de los avisos:
Aviso de CancelaciĂ³n en el RFC por defunciĂ³n.
Este es el mĂ¡s fĂ¡cil y rĂ¡pido de realizar. Se presenta en el mes siguiente a el suceso y lo puede realizar cualquier familiar del difunto o algĂºn tercero interesado, se necesita:
- Formato RX (que comĂºnmente el asesor del SAT te ayuda a llenar).
- El acta de defunciĂ³n (Original y copia).
- IdentificaciĂ³n Oficial vigente del familiar o tercero (Revisar Anexo 1-A).
Al finalizar te entregan un acuse del aviso registrado.
83/CFF Anexo 1-A RMF 2021
Aviso de apertura de sucesiĂ³n.
Este trĂ¡mite se realiza, cuando el contribuyente dejĂ³
obligaciones fiscales por cumplir. El Ăºnico que podrĂ¡ presentar este aviso es
el Albacea y se presentara dentro
del mes siguiente en que se acepte el cargo en el juicio de sucesiĂ³n.
Se necesita:
- Formato RX
- Acta de defunciĂ³n
- Acuerdo o instrumento notarial de aceptaciĂ³n del cargo de albacea
- IdentificaciĂ³n oficial vigente del Albacea
Al finalizar, el albacea puede generar una e.firma para
realizar las obligaciones pendientes del contribuyente. Desde declaraciones, atenciĂ³n
de requerimientos, facturas, nominas, aclaraciones, etc.
Posterior a la regularizaciĂ³n de la persona, se presenta un segundo aviso, CancelaciĂ³n en el RFC por liquidaciĂ³n de la sucesiĂ³n.
84/CFF Anexo 1-A RMF 2021
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